Solo masaje terapéutico
Está estrictamente prohibido hacer cualquier solicitud, sugerencia, insinuación, negociación u oferta relacionada con servicios sexuales, contacto sexual o conducta sexual.
El Código Penal de California § 647(b) aborda la solicitud, el acuerdo para participar, o la participación en prostitución a cambio de dinero, compensación o cualquier cosa de valor.
Leer la ley oficial de CaliforniaReferencia legal oficial
Código Penal de California § 647(b)
Una persona que solicita, acepta participar o participa en un acto de prostitución con la intención de recibir compensación, dinero o cualquier cosa de valor de otra persona puede ser culpable de conducta desordenada bajo el Código Penal de California § 647(b).
Esta página se proporciona como aviso legal y declaración de política del negocio. Para el texto completo y vigente de la ley, consulte el enlace oficial de Información Legislativa de California arriba.
Esta página en español es solo para referencia. Si existe alguna diferencia, prevalecen la página en inglés y el texto legal oficial de California.
Política del negocio
- No se ofrecen servicios sexuales.
- No se aceptan solicitudes sexuales.
- Cualquier solicitud inapropiada puede resultar en la negativa inmediata del servicio.
- El personal tiene derecho a terminar cualquier sesión por conducta inapropiada.